En Uruguay, el trabajo de personas menores de 18 años está regulado por el Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 17.823) y otras normas complementarias. El objetivo es garantizar que cualquier actividad laboral que realicen se desarrolle en condiciones seguras, saludables y compatibles con su desarrollo personal y educativo.
Edad mínima y autorizaciones
La edad mínima para trabajar es 15 años. En casos excepcionales, adolescentes entre 13 y 15 años pueden realizar tareas livianas si cuentan con autorización del INAU y no se perjudica su salud ni escolaridad.
Actividades prohibidas
Está prohibido que menores realicen tareas peligrosas, insalubres o que obstaculicen su educación o vida familiar. El INAU define el listado de trabajos considerados nocivos y puede solicitar la intervención del Ministerio de Trabajo en caso de sospechas.
Condiciones laborales permitidas
Para adolescentes mayores de 15 años se establecen:
- Jornada máxima: 6 horas diarias, 36 semanales
- Descanso semanal: al menos un día, preferentemente domingo
- Descanso intermedio: entre ½ y 3 horas (mínimo ½ hora remunerada)
- Prohibición de trabajo nocturno (22:00 a 6:00), salvo excepciones autorizadas
- Prohibición de horarios rotativos durante el ciclo lectivo
El INAU puede autorizar horarios especiales o jornadas de hasta 8 horas, bajo condiciones específicas.
Carné habilitante y controles médicos
Todo adolescente que trabaje debe contar con un carné habilitante, gestionado en forma gratuita ante el INAU. Este requiere autorización de padres, examen médico y constancia educativa.
El examen médico debe renovarse anualmente, y puede ser objetado por el responsable legal del menor.
Programas educativos en el trabajo
El INAU, el INISA y organizaciones sin fines de lucro pueden implementar programas de educación en el trabajo con fines formativos. La participación en estos programas no altera su naturaleza educativa, aun cuando haya una compensación económica.
Control, sanciones y responsabilidad
El INAU fiscaliza las condiciones laborales de los menores y puede aplicar multas de 10 a 2.000 unidades reajustables, duplicables en caso de reincidencia.
Los empleadores deben conservar documentación actualizada sobre los menores contratados.
Padres o responsables que permitan trabajos ilegales pueden ser denunciados penalmente.
Remuneración y derechos
Todo adolescente tiene derecho a administrar su propia remuneración. Los salarios se rigen por laudos y convenios colectivos del sector correspondiente.
En caso de accidente laboral, el empleador será responsable si se comprueba que el adolescente realizaba tareas prohibidas o se encontraba en zonas restringidas sin autorización.
Trabajo artístico
El INAU puede autorizar a menores de 15 años a participar en actividades artísticas, con el consentimiento de sus representantes y garantizando sus derechos conforme a la normativa vigente.
Enlaces de referencia: